En los cotos de la Comunidad de Madrid donde sea aconsejable reducir la densidad de conejo para disminuir la propagación de la mixomatosis o de la hemorrágica vírica, o prevenir los daños a los cultivos agrícolas, podrá autorizarse la caza con escopeta o aves de cetrería, los jueves, sábados y domingos, comprendidos entre el 15 de junio y el 25 de julio, ambos incluidos, no permitiéndose el uso de perros.
Para obtener la correspondiente autorización de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, se remitirá telemáticamente la solicitud de actividades cinegéticas en cotos de caza debidamente cumplimentada, disponible en el siguiente enlace.
Sin embargo no necesitarán autorización expresa, los cotos privados de caza ubicados en las comarcas forestales 6, 7, 8 y 9, de acuerdo a la Orden 4634/2006, de 29 de diciembre (ver aquí)
La
corrección se realiza a instancias de la DIRECCION GENERAL DE BIODIVERSIDAD Y
RECURSOS NATURALES, que nos indica q se ha de esperar a que finalice el Estado
de Alarma.
Como
el Estado de Alarma finaliza el 21 de junio, el siguiente día hábil para el
descaste será el 25 de junio.
Sentimos
muchísimo la confusión.
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