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La FMC se persona como codemandada en los recursos interpuestos por FADAN y PACMA

Contra la declaración de comarcas de emergencia cinegética en Madrid

Actualidad   /  Otros   


Jueves 25 de Junio de 2020

La Federación Madrileña de Caza se ha personado como codemandada en los recursos de alzada interpuestos por FADAN y PACMA contra la Resolución de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid, por la que declaraba comarcas de emergencia cinegética y se establecían medidas extraordinarias para el control de especies cinegéticas, publicada en el BOCM el día 28 de abril.

Como no podría ser de otra manera por la naturaleza y las competencias de la propia Federación, en la Comunidad de Madrid, ha presentado un documento de alegaciones que respalda la resolución de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales y a su vez desmonta cada una de las afirmaciones realizadas por la Federación de Asociaciones de Derecho Animal (FADAN) y el Partido Animalista contra el Maltrato Animal (PACMA) que intentan por todos los medios paralizar cualquier disposición de regulación de la actividad cinegética de manera sistemática en todas las Comunidades Autónomas.

Las alegaciones ofrecen apoyo jurídico y técnico a la Administración que no ha hecho otra cosa que asumir la obligación de adoptar las medidas necesarias para garantizar el abastecimiento alimentario, siendo una de ellas precisamente, evitar los daños a las producciones agrícolas y ganaderas, apoyándose en la carta de fecha 17 de abril de 2020, remitida por el Ministerio de Sanidad, en la que se recomendaba el control de fauna silvestre para prevenir daños a las explotaciones agrícolas y ganaderas y señalando a las autoridades autonómicas como las más adecuadas para establecer dichos controles.

Se recuerda que se trata de una labor de gestión poblacional totalmente gratuita e inmediata, controlada y limitada, en ningún caso se está practicando caza deportiva. Adicionalmente se aclara que tales actuaciones se realizan en contestación a una demanda presentada por los afectados y con un fin superior.

Sobre la pretendida obligación de realizar un estudio científico previo que justifique el control poblacional, defendida por las asociaciones animalistas, la Federación hace referencia a la reciente sentencia del Tribunal Supremo de 18 de mayo de 2020  que da la razón a la Junta de Castilla y León y reconoce la correcta aplicación del modelo de gestión de especies cinegéticas, algo perfectamente aplicable a la situación en la Comunidad de Madrid, donde se esgrimen los mismos argumentos que se expusieron en el procedimiento en la comunidad castellano leonesa.

Adicionalmente la Federación traslada datos obtenidos sobre las especies objeto de control de los informes de resultados aportados por los cotos de caza tras la finalización de cada temporada cinegética, así como cifras de siniestralidad por daños a la agricultura, a la ganadería y también vial y aérea, así como la situación de enfermedades zoonoósicas con posible repercusión en humanos, tal y como sucedió con la leishmania, en cuyo control viene colaborando activamente la Federación desde 2012.

En relación con las supuestas autorizaciones en zonas urbanas, la referencia a la existencia de granjas cinegéticas y criaderos de conejos para pretender justificar la improcedencia de autorizar su caza o la sorprendente afirmación que las palomas son aves urbanas, la Federación señala el desconocimiento de la realidad que manifiesta FADAN en su recurso, aportando en esta línea numerosa documentación que lo rebate.

Además de la Federación y la Fundación Artemisan, otras entidades madrileñas, tales como asociaciones de cazadores, asociaciones de agricultores y algunos Ayuntamientos afectados por la superpoblación de los animales objeto de la declaración de comarca de emergencia, han presentado también alegaciones a dichos recursos.

Esperamos que finalmente se desestimen los recursos de alzada interpuestos por FADAN y PACMA contra la resolución de 26 de abril de 2020 (publicada en el BOCM el día 28 de abril) de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales, por la que se declaran comarcas de emergencia cinegética y se establecen medidas extraordinarias para el control de especies cinegéticas en la Comunidad de Madrid, con los argumentos proporcionados entre todos.

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